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La nueva ley de drones abre un amplio abanico de posibilidades laborales

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la nueva ley de drones que regula el uso de los drones en España. Los profesionales del sector han celebrado la entrada en vigor de la nueva normativa, la cual ahora permite el uso de drones en inmediaciones de edificios y por la noche. Estos cambios permiten ofrecer un mayor número de servicios y harán crecer el sector, pero es necesario que tanto los profesionales como los usuarios recreativos conozcan bien el nuevo marco regulatorio.

El 15 de diciembre de 2017 y tras varios meses preparando el borrador, el Ministerio de Fomento aprobó el nuevo Real Decreto que regula el uso de drones en España y justo antes de acabar el año la esperada nueva normativa se publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Según el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, la implementación de esta nueva ley persigue un triple objetivo: extender el uso de los drones, incrementar las garantías en términos de seguridad y facilitar el desarrollo del sector. Los profesionales del sector han recibido la noticia con gran optimismo.

La nueva ley de drones, vigente desde el 30 de diciembre de 2017, ha introducido cambios que amplían el campo de aplicación de este tipo de aparatos y permite ofrecer una gran cantidad de servicios en este sector que está en crecimiento continuo. Algunos de los cambios más significativos de esta nueva ley de drones en el ámbito profesional son la posibilidad de volar sobre edificios y personas y volar de noche, siempre con la autorización correspondiente. También con autorización, los profesionales pueden ahora volar a menor distancia de la que marca la ley en las proximidades de aeropuertos y aeródromos, así como en espacio aéreo controlado. El radio de visión máximo de 500 metros puede ahora ser ampliado y se permiten los vuelos dentro del alcance visual aumentado (EVLOS).

Algunos de los cambios más significativos de la ley de drones son la posibilidad de volar sobre edificios y personas y volar de noche, siempre con la autorización correspondiente

Estas novedades de la ley de drones abren nuevas oportunidades laborales en industrias que hasta ahora eran inviables por las limitaciones legales. Así, además de los servicios prestados hasta ahora en agricultura, topografía e inspecciones industriales o energéticas, que ya utilizaban grandes empresas como Emilio Moro y Martín Códax en el sector de la agricultura y Fenosa en el sector energético, se podrán emplear los drones para otros fines, como la limpieza de rascacielos, la inspección de daños arquitectónicos o la filmación de material audiovisual, entre muchos otros.

Para poder hacer un uso profesional del dron, es imprescindible estar habilitado en AESA, tener un seguro de responsabilidad civil específico para aeronaves, y obtener la licencia oficial de piloto de RPA’s con el certificado médico en vigor. Igual de importante es conocer bien y respetar en todo momento la normativa vigente, dado que el dron es una aeronave cuyo uso irresponsable puede costar vidas y acarrear multas que pueden alcanzar los 4,5 M€ dependiendo de la gravedad.

Actualmente, todos los pilotos de drones en España se rigen por una normativa vigente desde julio de 2014 y un órgano regulador administrativo AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea). La AESA se encarga de velar por la seguridad y profesionalidad de todos los que manejan aeronaves no tripuladas. Al igual que con los vehículos o transportes terrestres, todos los pilotos de drones tienen que realizar una formación específica que les certifique como pilotos.

No todos los cursos que se ofrecen actualmente se imparten con todas las garantías legales y aseguran titulación oficial a sus alumnos. Es muy importante que los alumnos se aseguren de que el centro de formación al que acuden cumple todos los requisitos legales que AESA requiere. Como por ejemplo, que el centro esté certificado como centro ATO, es decir, el listado de Organizaciones de Formación Aprobadas para tramitar los certificados de piloto de drones de <25kg, entre otros títulos de piloto del ámbito aeronáutico.

Fuente: www.revistabyte.es

 

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